19 dic 2012

OPINIONES SOBRE LOS PROGRAMAS DE REPARTO DE ALIMENTOS (II)


Extracto de las conclusiones del estudio Programas de reparto de alimentos en Gipozkoa elaborado por el SIIS de la Diputación Foral de Gipuzkoa en 2009 en el que se analizaban los programas de este tipo implantados en Europa, Canadá y EE.UU.


(...) Puede decirse en ese sentido que, de los países analizados en esta revisión, los que tienen un sistema de políticas sociales más desarrollado y maduro han enfocado el problema de la inseguridad alimentaria y de la falta de alimentos desde una perspectiva sociosanitaria, en la que se trabaja la pobreza, la promoción de hábitos saludables de vida y el refuerzo de la acción comunitaria. Por el contrario, los países con sistemas de protección social más débiles o subdesarrollados (Canadá, Estados Unidos, Argentina, los países más pobres de la UE), parecen haber optado en mayor medida por el reparto de alimentos, desde una perspectiva más bien asistencialista y dando prioridad a las respuestas de urgencia

(...)  la implicación de las entidades sin fin de lucro en este tipo de programas constituye una vía de des-responsabilización de las administraciones públicas respecto de sus obligaciones en materia de satisfacción de las necesidades básicas de toda la población.  


Las críticas a algunas de las experiencias desarrolladas en otros países de nuestro entorno por su carácter asistencialista y por el hecho de haber facilitado, consciente o inconscientemente, una cierta desresponsabilización de las Administraciones públicas llevan a pensar que, pese a sus buenas intenciones, no todas las iniciativas que se desarrollan en este ámbito tienen el mismo valor. Desde ese punto de vista, parece claro que cualquier intervención que se realice en este ámbito deba basarse en unos principios básicos determinados:

-        Un carácter normalizado, utilizando en la mayor medida los recursos comunitarios y evitando en lo posible el establecimiento de criterios de selectividad, que pueden resultar estigmatizantes.

-        Una concepción complementaria −y en ningún caso sustitutiva− de la acción pública contra la pobreza, que debe materializarse, en primera instancia, a través del establecimiento de un sistema de rentas mínimas con cuantías, coberturas y criterios de acceso adecuados.

-        Si bien en muchos casos la atención a las situaciones de urgencia sólo puede tener un carácter asistencial, las medidas que se pongan en práctica deben renunciar en la mayor medida posible al asistencialismo, y plantearse desde una perspectiva integral que tenga en cuenta los procesos de inclusión social y la necesidad de adquirir hábitos de vida y de alimentación más saludables.